Nuevos proyectos deberán contar con Informe de Mitigación Vial

Nuevos proyectos deberán contar con Informe de Mitigación Vial

En noviembre 2021 entró en vigencia la Ley de Aportes al Espacio Público (Ley Nº 20.958), que establece nuevos procedimientos para la solicitud de proyectos y sus aprobaciones con el objetivo de contribuir a mejorar los espacios en la comunidades y sus entornos.

Dentro de esta nueva normativa se establece que todo proyecto de obras debe realizar un Informe de Mitigación Vial (IMIV). Este informe , que reemplaza a los Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), contempla que toda obra pública y privada debe mitigar proporcionalmente el impacto que genere el proyecto en materia de transporte urbano.

Esta normativa pretende contribuir a conciliar el desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios y la densificación cada vez mayor de las ciudades, con una adecuada planificación del espacio público en el cual las personas no se vean afectadas en sus actividades cotidianas y calidad de vida.

En este contexto, todos los proyectos de Avifel deben contar con un IMIV para obtener su permiso de edificación. A su vez, la ejecución de todas las obras que se contemplen en el IMIV de un proyecto será necesaria para obtener su recepción definitiva.

Dentro de Avifel, es la gerencia de Gestión o bien de EAT, dependiendo de si se trata de un proyecto privado o DS49, la responsable de que los IMIV estén incorporados al diseño de cada proyecto.
Fuera de Avifel, dependiendo de la categoría del IMIV, será la Dirección de Tránsito Municipal, o bien la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, la encargada de revisar y aprobar el imiv, tal y como se señala en la tabla adjunta.

Leave a Comment

Your email address will not be published.