Se conforman Comités Paritarios de Avifel por los próximos dos años

Se conforman Comités Paritarios de Avifel por los próximos dos años

Durante enero y marzo se conformaron los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad de la Constructora Avifel y de la Industria de la Construcción de Avifel por los próximos dos años, que tienen el objetivo de velar por las prácticas de higiene y de seguridad de la empresa.

Según la legislación chilena, es necesario contar con un Comité Paritario de Higiene y Seguridad en toda empresa, faena, sucursal o agencia con más de 25 trabajadores. Este comité se reúne una vez al mes y está conformado por 6 representantes de la empresa y 6 de los trabajadores, en donde 3 de cada grupo son miembros titulares y 3 miembros suplentes. Los representantes de la empresa son elegidos por la misma institución y los trabajadores son elegidos por votación de la totalidad de los trabajadores de la casa matriz. Además, cada comité elige internamente a un presidente y un secretario.

Ambos comités son asesorados por la jefa del Depto. De Seguridad, Salud Ocupaciones y Medio Ambiente (SSOMA) de Avifel, Cecilia Uribe.

Actualmente, los Comités están constituidos de la siguiente manera:

Comité Paritario: Constructora Avifel
Titulares Empresa
Olga Oliva (secretaria)
Alfredo Villalobos
Luis Rozas
Suplentes Empresa
Matías Villegas
Juan Ignacio Avila
Jaime Terán
Titulares Trabajadores
Juan Pablo Coronado (presidente)
Mario Pérez
Luis Silva
Suplentes Trabajadores
Rosa Fica
Max Soto
Fernando Vera

Comité Paritario: Industria de la Construcción Avifel
Titulares Empresa
Alejandro Cortés
Guillermo Herrera
Waldemar Cristi
Suplentes Empresa
Freddy Herrera
Carlos Peña
José Molina
Titulares Trabajadores
Julio Sobarzo (presidente)
Guido Soto
Alex Montes (secretario)
Suplentes Trabajadores
Sergio Sáez
Victor Montecinos
Jairo Martel

Presidentes y secretarios de los Comités Paritarios

Según la Dirección del Trabajo del Ministerio del Trabajo de Chile, los objetivos del Comité Paritario son:
– Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
– Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
– Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
– Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
– Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales.
– Cumplir con las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador del seguro.
– Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores.

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